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La Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO) de la Ciudad de México publica su Programa de Energía Solar 2023.
Este 12 de julio de 2023 se publicó en la Gaceta Oficial de la CDMX el Programa "Energía Solar para la CDMX" y sus lineamientos de operación, el cual tiene el alcance y reglas técnicas de operación siguientes:
Alcance: Dirigido a 23,809 unidades económicas (beneficiarios) de todos los sectores económicos con uso intensivo de agua caliente. Promueve la adquisición e instalación de Calentadores de Agua Solares y Paneles Fotovoltaicos.
Beneficiarios: Personas físicas y morales de la Ciudad de México que requieran de una INTERVENCIÓN ENERGÉTICA en sus instalaciones comerciales o viviendas.
Proveedores: Personas físicas y morales suministradores de sistemas energéticos que cumplan con los requerimientos y estándares de calidad establecidos.
Sistemas Energéticos:
Colectores de aguas solares: Certificado vigente Norma NMX-ES-001-NORMEX-2018 ó Norma internacional ISO 9806 para colectores solares. Mientras no se cuente con la infraestructura para la evaluación de la conformidad de esta norma por organismos de certificación o laboratorios de pruebas acreditados en el país, se admitirá el informe de resultados de conformidad con la norma NMX-ES-001-NORMEX-2005. La documentación presentada deberá incluir el informe de pruebas por Laboratorio Acreditado.
Calentadores de agua solares:
I) Termosifónicos con presión mínima de trabajo sea de 294.2 kPa o 3.0 kgf/cm2 y cuya capacidad del tanque térmico se encuentre entre los 150 y 500 litros. Certificado vigente de cumplimiento en la NOM-027-ENER/SCFI-2018. La documentación presentada deberá incluir informe de pruebas emitido por Laboratorio Acreditado que incluya la ecuación y curvas de caracterización térmica de acuerdo con la norma NMX-ES-004-NORMEX-2010.
II) Termosifónicos o de circulación forzada, cuya presión de trabajo sea mayor a 100 kPa o 1.0 kgf/cm2 cuya capacidad del tanque térmico sea máximo de 500 litros. Certificado vigente de cumplimiento en la NMX-ES-004-NORMEX-2010. La documentación presentada deberá incluir informe de pruebas emitido por Laboratorio Acreditado que incluya la ecuación y curvas de caracterización térmica de acuerdo con la norma NMX-ES-004-NORMEX-2010.
III) Termosifónicos con colector de tubos evacuados que operen a una presión de trabajo menor a 100 kPa o 1.0 kgf/cm2.
IV) Termosifónicos de placa plana con cubierta de vidrio, estructura de soporte metálica y termotanque metálico que operen a una presión de trabajo menor a 100 kPa o 1.0 kgf/cm2
V) Contar con personal certificado vigente para la instalación de los Sistemas Energéticos ofertados:
a) Estándar de competencia EC-0325 "Instalación de sistema de calentamiento solar de agua termosifónico en vivienda sustentable" para el caso en que se oferten calentadores solares termosifónicos; o bien,
b) Estándar de competencia EC-0473 "Instalación del sistema de calentamiento solar de agua de circulación forzada con termotanque" para el caso en que se oferten sistemas de calentamiento solar de agua de circulación forzada.
Sistemas Fotovoltáicos: deberán cumplir al menos con los siguientes estándares:
El Organismo de Certificación, Laboratorio de Pruebas y Centro de Capacitación IDEREE cuenta con las acreditaciones necesarias para emitir la totalidad de los Certificados de Producto, los Informes de Pruebas y los Certificados de Competencia Laboral requeridos por la SEDECO en su Programa de Energía Solar 2023.
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